LOS SANFERMINES QUE HA VIVIDO EL GRAN HOTEL LA PERLA

DESDE 1881 HASTA LA ACTUALIDAD

FIESTAS DE SAN FERMIN 1917


         Después de lo sucedido el año anterior, el nuevo Alcalde, con el apoyo de la prensa pamplonesa, decidió aplicar toda su autoridad con el fin de sanear la fiesta, evitando excesos y espectáculos lamentables. Un duro bando municipal puso fin, al menos durante estas fiestas, a determinadas anomalías detectadas el año anterior, aunque justo es decir, en honor a la verdad, que aunque el Ayuntamiento consiguió su objetivo, el ambiente callejero quedó enrarecido y encorsetado. Algún periodista llegó a pedir un mayor grado de permisividad.

         La feria taurina de aquél año se la repartieron entre Gallo, Joselito (o Gallito), Fortuna y Gaona, con las ganaderías del Marqués de Guadalest, de don Gregorio Campos, de la Vda. de Felipe Salas, de la Vda. de Joaquín Murube, y la de don Vicente Martínez. Fueron en total cuatro corridas y una de prueba.  La novedad, y la propina taurina, fue la novillada del día 15, organizada por el Ayuntamiento con el fin de recaudar fondos para erigir un monumento a Sarasate.

Año 1917.- Buen ambiente en los tendidos de la Plaza de Toros

PINCELADAS

Alcalde.- D. Demetrio Martínez de Azagra.

Horario.-  Encierro: 6 de la mañana. Corrida de toros: 4’30 de la tarde.

Obsequio tradicional.- Era costumbre, desde hacía varios años, que el maestro don José Mª Huarte obsequiase, en su colegio de la calle Mayor, con un pequeño regalo a cada uno de los portadores de los gigantes y cabezudos. Este año, sin embargo, y recién fallecido don José Mª, la familia decidió entregar el obsequio en el gran portalón de la casa nº 88 de esa misma calle, preservando así el luto del colegio.

La Plaza de Toros se queda pequeña.-  Sí, el coso pamplonés empezaba a ser insuficiente. El día 8, como ya se preveía una buena entrada, no se dieron entradas a la guarnición militar ni a los asilados de la Misericordia; pese a ello fue necesario retrasar el inicio de la corrida a la espera de que todo el público estuviese perfectamente acomodado. La prensa local destacaba que nunca había habido tanta gente en la plaza pamplonesa. Torearon esa tarde Gaona, Joselito y Fortuna, lidiándose toros de don Gregorio Campos.
         A la mañana siguiente, por vez primera,  hubo que cerrar las puertas antes del encierro porque ya no cabía más público, quedando mucha gente sin poder acceder.

Riau – Riau.- El año anterior un grupo de mozos había irrumpido en las vísperas entorpeciendo el paso de la corporación y coreando el tradicional Vals de Astrain finalizándolo con un sonoro ¡riau riau!. Se entendió entonces como una falta grave de respeto hacia el Ayuntamiento, hacia los músicos y hacia toda la ciudad. En vista de ello, ante la inminente llegada de las fiestas de 1917, el Alcalde anunció la sustitución del conocido vals por otra pieza, idea ésta que fue rechazada por la prensa influyente. Es así como la alcaldía sacó un bando prohibiendo, entre otras cosas, corear el Vals de Astrain. Este año, no se cantó ¡riau riau!.



BANDO


         Don Demetrio Martínez de Azagra, alcalde Constitucional de esta ciudad.

         HAGO SABER: Que proponiéndome reprimir enérgicamente toda manifestación de incultura o acto inconveniente que en desdoro del renombre de esta ciudad se produzca en las próximas fiestas, perturbando el órden u ofendiendo el decoro público, he dispuesto:

         1º.- Que cuando el Excmo. Ayuntamiento se dirija a la iglesia de San Lorenzo la víspera de San Fermín, deberá el público, tanto a la ida como a la vuelta de la comitiva, dejar desembarazadas las calles del tránsito, absteniéndose de formar grupos que vayan tumultuosamente delante de la comitiva, así como corear la música.

         2º.- Queda prohibido interrumpir los paseos públicos molestando a los paseantes con gritos, canciones y ademanes impropios de personas bien educadas.

         3º.- Se prohibe circular por las calles, sea aisladamente o en grupos, profiriendo gritos o tocando instrumentos que produzcan ruidos estrepitosos, llevando objetos sucios o extraños, o vestidos de un modo extravagante y carnavalesco.

         4º.- Queda prohibido, desde las doce de la noche hasta las cinco de la mañana, cantar, gritar, tocar instrumentos músicos, y producir por las calles todo ruido de cualquier clase que sea, que pueda molestar al vecindario turbando su reposo.

         5º.- Se prohibe implorar la caridad pública en cualquier forma que sea.

         De la cordura, sensatez e ilustración de este vecindario espero que no dará lugar ni motivo de represión, pues de lo contrario me veré obligado, bien a mi pesar, a imponer el correctivo que corresponda, sin contemplaciones ni miramientos, quedando los agentes de mi autoridad encargados de que se cumplan puntualmente las disposiciones contenidas en este bando.

              Pamplona, 5 de Julio de 1917.
                      Demetrio M. de Azagra